Muchos ValRadicantes hicieron una llamada telefónica para averiguar qué se debe votar. Personalmente, no daré mi opinión sobre el asunto en la medida de lo posible porque está lejos de ser partidista. Pero al menos debemos explicar por qué vamos a votar. Si tenemos que confirmar una ley o eliminarla a través de este referéndum 2020
Referéndum confirmatorio
La ley italiana lo prevé. De acuerdo con el artículo 138 de nuestra constitución, el pueblo en este caso está citado a confirmar la aprobación del texto de la ley constitucional sobre 'Enmiendas a los artículos 56.57 y 59 de la Constitución sobre la reducción del número de parlamentarios', aprobado por el Parlamento anteriormente.
Al ser un "referéndum confirmatorio" no hay necesidad de quórum, solo se cuenta el porcentaje de votos positivos y negativos. Por hoy veamos qué tenemos que confirmar, mañana veremos qué ha cambiado en comparación con la ley anterior y qué podría significar dejar el texto de nuestra constitución tal como es o precisamente regresar a la versión anterior de la constitución o aún revisar los cambios proponiendo otros.
Atención estamos hablando de una ley CONSTITUCIONAL de máximo respeto y atención, honrémosla.
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Artículo 56
La Cámara de Diputados es elegida por sufragio universal y directo.
El número de diputados es de seiscientos treinta, doce de los cuales son elegidos en el distrito electoral extranjero.
Son elegibles a diputados todos los votantes que hayan cumplido veinticinco años el día de las elecciones.
La distribución de escaños entre las circunscripciones, sin perjuicio del número de escaños asignados al electorado extranjero, se lleva a cabo dividiendo el número de habitantes de la República, como lo muestra el último censo general de la población, entre seiscientos dieciocho y distribuyendo los escaños en proporción a la población de cada circunscripción, basada en los cocientes completos y los restos más altos.
Artículo 57
El Senado de la República se elige a nivel regional, sin perjuicio de los escaños asignados a la circunscripción extranjera.
El número de senadores elegidos es de trescientos quince, seis de los cuales son elegidos en la circunscripción extranjera.
Ninguna región puede tener menos de siete senadores; Molise tiene dos, Valle d'Aosta uno.
La distribución de escaños entre las Regiones, sujeto al número de escaños asignados a la circunscripción extranjera, después de la aplicación de las disposiciones del párrafo anterior, se realiza en proporción a la población de las Regiones, como se muestra en el último censo general, sobre la base de todos los cocientes y de los restos más altos
Artículo 59
Es un senador por derecho y para toda la vida, salvo renuncia, quien ha sido Presidente de la República.
El Presidente de la República puede nominar a cinco ciudadanos para senadores de por vida que hayan hecho ilustre a su país por méritos muy altos en los campos social, científico, artístico y literario.
Con respecto a este Referéndum, continuaremos hablando de ello mañana, también debemos considerar que nuestra respuesta debe enviarse con la máxima velocidad.
Te invitamos a comentar a continuación y en todas las redes sociales donde aparece, para compartir y tener la voluntad de comprender si tu decisión se toma o no a consciencia.
Honramos nuestra constitución.
¡Buen referéndum constitucional que confirma a todos!
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